Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena enérgicamente la violación al derecho a la vida de las víctimas, mismas que habrían ocurrido como consecuencia del uso excesivo y arbitrario de la fuerza y actos de violencia dirigidos contra quienes no representaban una amenaza inminente a los agentes de seguridad del Estado en el marco de las protestas. Especialmente, la CIDH advierte que la precipitación de dos personas del puente de San Roque habría ocurrido en un operativo policial cuyas circunstancias indicarían una actuación represiva y violenta de los agentes del Estado en un contexto que permitía la utilización de medidas alternativas de resolución de conflictos.

En las observaciones presentadas el 14 de enero 2020, la CIDH reconoce que los pueblos indígenas y más sectores sociales que se movilizaron hacia Quito y a nivel nacional actuaron bajo el marco del derecho constitucional a la protesta. Durante la visita a Ecuador, entre los días 28 y 30 de octubre de 2019, la CIDH entrevistó a un total de 439 personas y registró 380 testimonios de personas que reclaman ser víctimas de violaciones a sus derechos humanos o de otras afectaciones en el contexto de las protestas. En esa línea, las denuncias incluyen la falta de consulta y participación en la adopción de medidas que afectan derechos sociales de la población, irregularidades en la presentación de denuncias y acciones de protección de garantías constitucionales; falta de información a familiares respecto de personas detenidas y fallecidas; obstaculización a la prestación de servicios médicos en hospitales públicos; hostilidad y actos de agresión contra personas defensoras de derechos humanos, periodistas y trabajadores de distintos medios de comunicación privados, comunitarios y digitales; así como la utilización del sistema penal en contra de manifestantes, líderes sociales y de oposición.

La CIDH y su Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA), observaron que las medidas económicas adoptadas por el Decreto 883 carecieron antes de su adopción de un proceso de consulta ciudadana, no existió evaluación del impacto en términos de progresividad de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA) que pudieran verse afectados, tomando en cuenta los compromisos y estándares internacionales vigentes para Ecuador, en el marco de los sistemas interamericano y universal de los derechos humanos.

La Comisión resalta que el 31 de octubre de 2019 el Movimiento Indígena, organizaciones y colectivos sociales del Ecuador presentaron al gobierno una propuesta económica, misma que nunca fue tomada en cuenta, ni debatida por las autoridades. 

En otras vulneraciones a los DDHH, según información proporcionada a la Relatoría Especial durante la visita de trabajo a Ecuador por la misión de la CIDH, la Convergencia de Medios Alternativos, Comunitarios, Indígenas e Independientes creada por 23 medios a raíz del paro nacional que se vivió en Ecuador, denunció diferentes vulneraciones al ejercicio de la libertad de expresión, tales como censura previa a través de un ataque tecnológico con el bloqueo de señal telefónica y de internet en las inmediaciones del parque El Arbolito y la Casa de la Cultura en Quito y diversos ataques a las cuentas oficiales de radios comunitarias.

La CIDH observa que la CONAIE señaló mediante comunicado público que la formación de la guardia indígena nace de su derecho a la autodeterminación y que es parte constitutiva del pluralismo jurídico reconocido constitucionalmente en Ecuador. Asimismo, agregó que dicha guardia tiene como objetivo seguir el camino de vigilancia, control, alarma, protección y defensa de los territorios y que estas existen en diversas organizaciones y territorios.

En numerosas reuniones con sociedad civil, la CIDH fue informada sobre diversas declaraciones del Ministro de Defensa, en las que se asociaría a las organizaciones y movimientos que participaron de las protestas con grupos ilegales. En particular, la Comisión fue informada sobre el discurso de 21 de octubre en las que el Ministro de Defensa destacó, en relación con la estrategia frente la situación de manifestaciones que enfrentaba el país y de la participación de la Fuerzas Armadas en el resguardo de la seguridad nacional, la necesidad de afrontar la “insurgencia” en el país.

Entre las recomendaciones que la CIDH realiza a Ecuador constan: 

– Respetar y garantizar el goce pleno de los derechos a la protesta, a la libertad de expresión, a la reunión pacífica y a la participación; 

– Establecer un plan de atención inmediata y reparación integral para las víctimas de las protestas y sus familias;

– La CIDH recuerda que, en los pueblos indígenas, el vínculo y acompañamiento entre las generaciones y grupos etarios constituye un elemento de su cosmovisión necesario para el traspaso de la herencia cultural y proyección del colectivo como pueblo;

– abstenerse de hacer declaraciones que estigmaticen, criminalicen o generen un ambiente de intimidación hacia líderes y lideresas indígenas;

– Avanzar las investigaciones correspondientes a las muertes de personas indígenas ocurridas en el marco de las manifestaciones, de manera diligente, efectiva e independiente que conduzcan al juzgamiento y sanción de los responsables, así como a obtener las medidas de reparación individuales y colectivas correspondientes a las víctimas y sus familiares, comunidades y nacionalidades indígenas.